Un Real Decreto Legislativo (RDL) en España es una norma con rango de ley dictada por el Gobierno por delegación expresa de las Cortes Generales. Se encuentra regulado en los Artículos 82 a 85 de la Constitución Española.
Características principales:
Delegación Legislativa: El Parlamento (Cortes Generales) delega en el Gobierno la potestad de legislar sobre una materia concreta. Esta delegación debe ser expresa, para una materia determinada y con fijación del plazo para su ejercicio. La delegación se otorga mediante una ley de delegación.
Límites: La delegación legislativa no puede comprender materias reservadas a Ley Orgánica, ni autorizar a modificar la propia Ley de delegación.
Tipos de Real Decreto Legislativo: Existen dos tipos principales:
Textos Refundidos: Su finalidad es la de refundir en un solo texto varias leyes existentes sobre una misma materia, aclarando, armonizando y coordinando dichas leyes. La delegación legislativa para un texto refundido debe especificar si se limita a la mera formulación de un texto único o si incluye la regularización, aclaración y armonización de los textos legales a refundir.
Textos Articulados: En este caso, el Parlamento aprueba una ley de bases que contiene los principios y criterios que debe seguir el Gobierno al desarrollar la legislación.
Control Parlamentario: Los Reales Decretos Legislativos están sujetos al control del Tribunal Constitucional y, en su caso, al control del Parlamento. Aunque no se convalidan como los Decretos Leyes, pueden ser objeto de control parlamentario posterior, según lo establecido en la ley de delegación.
Jerarquía Normativa: El Real Decreto Legislativo tiene rango de ley, por lo tanto, está jerárquicamente subordinado a la Constitución y a las Leyes Orgánicas y ordinarias aprobadas directamente por las Cortes Generales. Es superior jerárquicamente a los reglamentos y otras disposiciones administrativas.
En resumen, el Real Decreto Legislativo es una herramienta importante para la agilización del proceso legislativo, permitiendo al Gobierno legislar sobre materias específicas cuando el Parlamento así lo delega, siempre dentro de los límites establecidos por la Constitución y la Ley de delegación. La delegación%20legislativa es un elemento central en su comprensión.
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